Se aprobó la creación de una Pag. WEB del cuerpo legislativo con el fin de informar a la comunidad los tratamientos del honorable cuerpo legislativo.
La ordenanza es autoría de los Concejales Mario Rodríguez y Juan Pablo Pellegrino, quienes argumentaron en la misma darle una herramienta más a los vecinos de San Jorge para que puedan conocer la tarea legislativa del Concejo Municipal, esto brinda mayor transparencia y facilidad de acceso a la información.
RESOLUCION Nº 680
VISTO:
La necesidad de cumplir con el principio republicano enmarcado en nuestra Constitución Nacional de publicitar los Actos de Gobierno, y;
CONSIDERANDO:
Que como representantes del pueblo de San Jorge, tenemos la obligación de rendir cuenta de nuestros actos establecidos en nuestra Carta Orgánica;
Que los avances de la tecnología hoy permiten a cualquier ciudadano tener acceso a cualquier tipo de información en cualquier lugar y hora que se encuentre;
Que los ciudadanos sanjorgenses deben tener también (dentro de este gran abanico de opciones) a su alcance la forma de acceder a la información acerca de la labor parlamentaria desempeñada por el Honorable Concejo Municipal y de esta forma poder tener elementos seguros y objetivos que les permiten evaluar el trabajo realizado por el Concejo en forma Institucional;
Que el Honorable Concejo Deliberante constantemente promueve la participación ciudadana, instñandola a contribuir con sus propuestas al crecimiento de nuestra sociedad;
Que una gran cantidad de sanjorgenses en la actualidad y por razones laborales y de otra índole se encuentran viviendo en otros países, alejados de su tierra natal pero con la necesidad de conocer lo que sucede en la ciudad que los vio nacer;
Que de tantos medios que hoy se encuentran al alcance de cualquier persona, Internet es uno de los más utilizados, lo que representa una herramient çutil para fortalecer la Participación y el Vínculo con la Sociedad.
Que la Municipalidad de San Jorge cuenta con una página web oficial, la que posee un link denominado Concejo Municipal con información sólo de identificación de los miembros del mismo y de ordenanzas que se promulgan.
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de San Jorge, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, y su Propio Reglamento interno, emite la siguiente:
RESOLUCION
Art. 1º): Créese la página oficial en la web del Honorable Concejo Municipal de la Ciudad de San Jorge.
Art. 2º): Por Secretaría se realizará la tarea de actualizar diariamente dicho espacio de información.
Art. 3º): Esta página contendrá toda información parlamentaria, Reuniones de Comisión, de Sesiones Ordinarias y Extraordinarias, como también toda Actividad del Honorable Concejo Municipal.
Art. 4º): Comuníquese, Publíquese, Dese Copia al Registro Municipal y Archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintiséis días del mes de Septiembre de dos mil dieciocho.-