El 8 de julio Alejandro Garnero imputado de la muerte de su madre, debería quedar en libertad al cumplirse los tiempos procesales de la “Prisión Preventiva” que cumple en la Alcaidía de la U.R. XVIII.
Desde el 12 de diciembre de 2017, Alejandro Garnero se encuentra con Prisión Preventiva, como único acusado de la muerte de su madre, Gloria Bredo de Garnero. Tras la investigación realizada y que se caratuló como “homicidio calificado agravado por el vínculo”, A. Garnero, fue detenido por personal policial en un campo de propiedad familiar en las inmediaciones de El Trébol días después haberse consumado un confuso episodio en el domicilio de la reconocida familia.
El devenir de las audiencias judiciales, fueron moldeando los tiempos para que se solicite por parte de la querella (Padre y hermanas del imputado) , fiscalía y la defensa a cargo de los Dres. Carlos Zoppegni y Patricia Hidalgo respectivamente, una pericia psiquiátrica la cual dio cuenta que A.G. posee “alteraciones mentales morbosas, por las que no comprende sus actos” – había señalado al Dra. Hidalgo por esos tiempos en la audiencia realizada el 09/08/17-
Si bien a principios de agosto de ese año, el magistrado Dr. Eduardo Pocoví, no contempló el sobreseimiento del procesado que había solicitado la defensa, morigeró la Prisión Preventiva disponiendo que Garnero sea atendido en algún neuropsiquiátrico privado, ya que el estado provincial no posee lugares adaptados para tal fin, a pesar de que el procesado pasó unos días en el Hospital Gumersindo Sayago de la ciudad de Santa Fe.
A todo esto el caso, también se comenzó a tramitar en la justicia civil con el fin de tratar la “Incapacidad o capacidad restringida” de A G en consonancia con la posible inimputabilidad que podría generarse en el fuero penal, lo que de ser así, podría habilitar al acusado ser heredero y por lo cual se le debería nombrar a un Curador por sorteo, el cual debería administrar y estar a cargo del cuidado de sus bienes como a rendir cuentas de ello tal como lo dispone la ley civil.
Por esos días, por sorteo en el fuero civil, se dispuso que el Dr. David Bolatti sea el “Defensor Directo” y la Dra. Maria Isabel Bolatti “Defensora de Derechos y Garantías” del acusado.
Lamentablemente, conseguir información de los procesos civiles, al no ser públicos, como sí lo es en el fuero penal, se hace difícil lograr datos precisos. A pesar de esto, fuentes bien informadas relataron a esta redacción que el Sr. Raúl D. Garnero, padre de Alejandro y que en su momento se constituyó como querellante junto a sus dos hijas en la causa penal, solicitó bajarse de la querella contra su hijo y radicalmente solicitó la “curatela”, cuestión ésta que habría sido aceptada de manera provisoria por el Dr. David Bolatti.-
En tal sentido, y ante esta posibilidad legal, Don Garnero, solicitó que su hijo sea trasladado para ser atendido por los “trastornos psiquiátricos”, a la Colonia Dr. A. J. Freyre de Oliveros, alegando que habían tramitado internaciones en clínicas privadas -no habiendo tenido respuestas de las mismas-
Esto, más otras cuestiones que hacen también a las atenciones que debería recibir Alejandro Garnero por parte de una obra social, habría sido valorado por la Dra. María Isabel Bolatti quien, como Defensora de Derechos y Garantías, entendió que AG, sufre una patología que debe ser atendida por especialistas , y que precisamente ,no condicen con el tratamiento que podría recibir en la Colonia de Oliveros .
A raíz de esto, la Dra. M. I. Bolatti, habría hecho una presentación de un escrito “muy similar en los considerandos manifestados por la defensora del fuero penal, Dra. Hidalgo”, señaló una fuente judicial.
En este escrito, se da curso a una serie de cuestionamientos y donde se solicitaría que se acredite fehacientemente lo expresado por el Sr. Raúl Garnero en la imposibilidad manifiesta de hacer atender a su hijo en un lugar de índole privada, acreditando que se cuenta con los recursos familiares de los que él sería heredero.
El caso, desde su conocimiento viene teniendo aristas importantes que a lo largo del tiempo siguen siendo poco claras para el común de la gente.
De todas maneras lo cierto es que, la Prisión Preventiva de AG , que ya había sido ampliada en una oportunidad, el 8 de julio próximo cumple su tiempo perentorio y Alejandro Garnero al no tener una sentencia firme y solo una orden de internación librada en su momento por el magistrado penal , debería recuperar la libertad.