El Gobierno nacional promulgó la ley (27.629) que fortalece el sistema de Bomberos Voluntarios
Alberto Fernández, sostuvo que esta ley «intenta volver a poner las cosas en orden» (…) «Celebro esta ley porque la Argentina necesita de hombres y mujeres como ustedes, esencialmente solidarios, que corren el riesgo de dejar todo por ayudar a otro. Estamos reivindicando de esta manera a quienes han dado gran parte de su tiempo y han puesto toda su voluntad y compromiso en ayudar al otro», agregó. En un acto realizado esta mañana en Olivos.
Alcances de la misma
La ley otorga beneficios a las asociaciones de bomberos voluntarios, en la que se establecen exenciones al pago de los servicios públicos y el reintegro del IVA para las compras y contrataciones para el cumplimiento de su función, además de prestaciones en caso de accidentes.
La norma había sido sancionada el pasado 2 de junio, en coincidencia con el Día del Bombero Voluntario, una iniciativa presentada por el diputado justicialista Eduardo «Bali» Bucca (Consenso Federal) con el objetivo a hacer más eficiente el uso de recursos para equipamiento y capacitaciones por parte de las asociaciones de bomberos.
Entre los beneficios que otorga la ley se destaca que las «entidades beneficiarias gozarán de un tratamiento tarifario especial gratuito para los servicios públicos de provisión de energía eléctrica, gas natural provisto por red, agua potable y colección de desagües cloacales».
Esa tarifario especial también incluye la «telefonía fija, telefonía móvil en todas sus modalidades y servicios de las tecnologías de la información y las comunicaciones, que se encuentren bajo jurisdicción nacional».
Se prescribe que el régimen tarifario especial es aplicable a las asociaciones y federaciones de bomberos voluntarios, al Consejo de Federaciones de Bomberos Voluntarios de la República Argentina y a la Fundación Bomberos de la Argentina, como entidades conformantes del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios.
Por otro lado, el texto establece que el sujeto responsable inscripto en el IVA que realice ventas a estas entidades de bomberos voluntarios emitirá sus facturas con IVA tasa cero y la leyenda: «venta sujeto ley 25.054».
Otro punto que incorpora es que prevé ampliar la cobertura ante riesgos y contingencias que los bomberos voluntarios puedan sufrir en el ejercicio de sus funciones.
Asimismo, se incluyen prestaciones destinadas a cuidar a los bomberos y bomberas que sufran algún tipo de accidente, como asistencia médica y farmacéutica, prótesis y ortopedia, rehabilitación y traslados. También se contempla una prestación económica en el caso de incapacidad laboral temporaria.
Fuente Página 12