sábado, abril 19
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La Corte Suprema de Santa Fe confirmó que los agrotóxicos generan daño en la salud y fijó 1.000 metros sin fumigaciones

El máximo tribunal de la provincia citó normativa y estudios del último cuarto de siglo y reconoció que los agroquímicos utilizados por el modelo de cultivo imperante producen daño genético en las personas. La causa fue impulsada por una familia de la comuna de Piamonte. La sentencia señala que la ley provincial de agroquímicos está desactualizada y que la Comuna debe dictar una nueva normativa. Impulso a barreras forestales y a la agroecología.

La Corte Suprema de la provincia, dejó firme una sentencia que reconoce el daño genético causado por los agroquímicos, ordena una distancia mínima de 1.000 metros para las fumigaciones en la comuna de Piamonte y señala que se fomente la agroecología en la zona de resguardo. La decisión del máximo tribunal provincial obliga a esa localidad santafesina a tratar una ordenanza que ajuste la legislación local al fallo y marca la necesidad de una reforma de la ley provincial. “A partir de este momento, la sentencia podrá ser invocada en toda Santa Fe para establecer otras distancias que alejen las fumigaciones y permitan la defensa de la salud, la vida y el ambiente”, destacó la abogada Eugenia Boccio (foto), representante de la familia que accionó contra el Estado provincial, la comuna y los productores del agronegocio.

La causa se inició en 2016, cuando la familia Córdoba presentó un recurso de amparo ambiental por afecciones en su salud por la pulverización con agrotóxicos. La sentencia, del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo de San Jorge, reconoció el derecho a incluir pruebas en los recursos de amparo y, con base en los peritajes ofrecidos, tuvo en cuenta el daño genotóxico que producen los herbicidas. A partir de ello estableció el límite de 1.000 metros y declaró la inconstitucionalidad de dos artículos de la ley provincial 11.273, que regula la materia, y de la ordenanza 9/2020 de Piamonte. La provincia, la comuna y los productores apelaron la decisión judicial pero la Corte Suprema de Santa Fe en reciente decisión dejó firme el fallo.

La decisión de primera instancia hizo énfasis en la necesidad de que haya controles por parte de la comuna y de la provincia cerca de la vivienda de la familia afectada, extensiva a los centros recreativos, de educación y de salud, especialmente en el área contigua a la zona de prohibición de las fumigaciones. También ordena que se controlen los silos y galpones que existen en la jurisdicción de Piamonte,

, teniendo en cuenta la resolución provincial 177/2003, que señala –entre otros requisitos– que estos espacios deben contar con cortinas forestales que limiten la proliferación de polvillo. Además, prohíbe que maquinarias como mosquitos y pulverizadoras transiten por zonas urbanas.

Boccio explicó que el grupo familiar observaba situaciones la salud. “Hablamos de «pluricontaminación» porque en Piamonte el ambiente está contaminado por distintas actividades relacionadas con el modelo agroindustrial: campos linderos a las viviendas que son fumigados, silos y acopios donde se guardan los granos y los tóxicos que se utilizan para el agro y circulación por el pueblo de maquinaria dedicada a la pulverización”, afirmó.

Con el amparo judicial se reclamó el cese de la contaminación y el resguardo del derecho al ambiente sano. El juez de primera instancia, Daniel Zoso, valoró para su sentencia dos pericias claves: una vinculada a los efectos en la salud de los agrotóxicos y otra sobre la posibilidad de implementar la agroecología en la localidad.

Recordamos que en Piamonte, Zenón Pereyra, San Jorge y Sastre y Ortiz, hubo otros fallos judiciales también limitaron el uso de agrotóxicos.

Fuente El Ciudadano