La Subsecretaria de Producción de la Municipalidad de San Jorge, compartió un instructivo del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación que detalla los pasos a seguir para la inscripción de las empresas al Registro MiPyme.
La nota destaca que teniendo en cuenta que la misma, y por lo tanto el certificado vigente, será condición necesaria para acceder a los beneficios de la Ley 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva.
Medidas para las micro, pequeñas y medianas empresas registradas como tales:
Extracciones bancarias: la Ley establece un impuesto al retiro de efectivo, del cual quedan eximidas las Micro y Pequeñas empresas.
Moratoria: regularización de obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras para MiPymes en hasta 120 cuotas (según la obligación), por las obligaciones vencidas al 30 de noviembre de 2019 inclusive, o infracciones relacionadas con dichas obligaciones. Incluye condonación de hasta el 100% de intereses, multas y demás sanciones. Se podrá incluir en este régimen la refinanciación de planes de pago vigentes y las deudas emergentes de planes caducos.
Alícuota Contribuciones Patronales de la Seguridad Social: las MiPymes tendrán una alícuota del 18% para las contribuciones patronales.
Para más información, acercarse a la Oficina de Producción de lunes a viernes, de 8 a 12 horas, en Planta Alta del Edifico Municipal o al teléfono 03406-440405 interno 128.