La Jueza Susana Luna tras larga audiencia dicto la Prisión Preventiva para Leandro Giglio y Flavio Rodríguez como autores responsables del Robo y privación de libertad en el caso del domicilio de calle Moreno al 1100 y al remisero de nuestra ciudad.
Esta mañana se desarrolló la Audiencia, en la que el fiscal de la causa Dr. Carlos Zoppegni , solicitó la “Prisión Preventiva” a los imputados de robar en nuestra ciudad.
El reconocido caso llegó al sexto piso para seguir con el segundo escalón del juicio caratulado como “DOBLE ROBO CALIFICADO CON PRIVACIÓN ILEGÍTIMA DE LA LIBERTAD”.
En tal sentido desde media mañana y casi hasta el mediodía la sala de audiencia estuvo signada por un intercambio interesante de conceptos técnicos legales expuestos por los abogados de partes.
Recordamos que Flavio Rodríguez, está representado por la Defensora Pública Dra. Patricia Hidalgo, mientras que Leandro Giulio , tiene como asesor letrado el estudio jurídico del Dr. Rodrigo Mazzuchini.
Hidalgo , enfocó su defensa en considerar que no consta que su representado estuviera en la ciudad de San Jorge el día 26 de julio pasado cuando sucedió el hecho, ya que el mismo estaba cumpliendo un curso de refrigeración en el EEMPA de la ciudad de Santo Tome, aprovechando la salida transitoria con la que se encuentra favorecido ya que Rodríguez , se encuentra cumpliendo una pena por otro delito en la Unidad Carcelaria de Coronda. La defensora, se basó en su exposición, apuntado a un desacople técnico entre el informe del EEMPA y la penitenciaria presentado como prueba por el Fiscal Zoppegni.
Por su parte el Dr. Mazzuchini , entendió en su defensa que Giglio, al cual se le secuestro elementos que pertenecían a las víctimas, en su domicilio allanado en la ciudad de Rosario, podrán haber llegado en su poder sin que Giglio fuese quien cometió el delito, tratando de buscar el cambio de caratula. Además Mazzuchini, consideró que su defendido no tenía antecedentes por lo que ofreció una caución de 10 mil pesos para continuar en libertad.
También, ambos defensores cuestionaron el informe de las empresas telefónicas de los celulares secuestrados y por el cual personal de la PDI llegó ,con el entrecruzamiento de llamadas e impactos de celdas en antenas a la vinculación de los sujetos en el hecho.
Zoppegni, en su descripción de los hechos, denegó el pedido de los defensores de continuar la causa con los imputados gozando de libertad , y consideró que si bien se comprometía a seguir aportando datos más finos sobre las pruebas , entendió que lo que había contribuido hasta el momento en la causa no era “casualidad” dijo, como para que los implicados no sean pasibles de la “Prisión Preventiva” , solicitando además un embargo de bienes para cada uno por la cifra de 200 Mil pesos.
En una exposición de casi media hora, la Jueza Susana Luna que presidió la audiencia, fundamento su fallo verbal, denegó los pedido de las defensas y convalidando el del Dr. Zoppegni, entendiendo que técnicamente se daban los requisitos judiciales para mantener la caratula.
En tal sentido ambos sujetos, seguirán detenidos mientras se desarrolle el juicio. La magistrada, además hizo lugar también al pedido del embargo antes mencionado.
Mientras continúe el juico Leandro Giulio , será alojado en la dependencia carcelaria que se disponga , mientras que Flavio Rodríguez , seguirá cumpliendo su reclusión en la cárcel de Coronda , con el agravante de perder su morigeración (Salida Transitoria) por el caso por el cual estaba detenido.