En España prohibieron cortar la cola, las orejas o las cuerdas vocales de los perros. Se trata del Convenio Europeo sobre Protección de Animales de Compañía, al que adhirió el país. Qué límites plantea.
Desde este mes quedó prohibido en España cortarle la cola, las orejas o las cuerdas vocales a las mascotas con fines estéticos. La resolución forma parte de una normativa más amplia incluida en el Convenio Europeo sobre Protección de Animales de Compañía, vigente desde 1987 pero adoptada recién ahora en el país.
De este modo tampoco se podrán extirpar uñas y dientes por fines estéticos y solo se las autoriza si un veterinario las considera necesarias por razones de salud o para impedir su reproducción.
Además, aquellas intervenciones en las que los animales sufran dolor será un veterinario quien administre anestesia.
Por otro lado, en el caso en que hay que sacrificar una mascota, el Convenio Europeo dispone que solo podrá hacerlo un veterinario o persona competente salvo en caso de urgencia.
El Convenio también determina límites a la posesión de mascotas y establece cómo reducir el número de animales callejeros.
Desde ahora, el adiestramiento de mascotas también queda a cargo exclusivo de personas dotadas de conocimientos idóneos y se desalentará el regalo de animales a menores de 16 años sin consentimiento expreso de sus padres así como evitar el regalo de animales de compañía a modo de premio, recompensa o gratificación.
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